- ¿Qué es la mediación y en qué consiste? La mediación es una vía paralela y no excluyente a la judicial, donde las partes acuden para resolver su conflicto, o alcanzar el mayor número de acuerdos posibles antes de acudir a la vía judicial, donde un tercero, el Juez, resolverá el resto de los puntos en discordia.
- ¿Quién y qué tipos de conflictos pueden resolverse a través de la mediación? La mediación va dirigida a cualquier persona que se encuentre inmersa en un conflicto con una o más personas y siempre que éstas tengan la voluntad de intentar resolverlo.
Existen diversos tipos de conflictos que se pueden resolver en mediación, tales como: conflictos de pareja (divorcios, custodias, regímenes de visitas, etc.), conflictos familiares (entre padres e hijos, entre hermanos, derivados de herencias, por negocios familiares, etc.), conflictos en el ámbito educativo (escolar, donde lo pueden resolver los propios niños), en el ámbito comunitario como los que se pueden dar en las comunidades de vecinos, etc.
En definitiva, cualquier conflicto donde las partes muestren voluntad para abordarlo y requieran de la figura objetiva de un mediador, que como persona imparcial les acompañe hacia la resolución de su conflicto puede ser objeto de mediación.
¿Qué ventajas tiene sobre la vía judicial? Las ventajas principales de la mediación son las siguientes:
MEDIACIÓN | VÍA JUDICIAL |
Son las partes quienes deciden cómo resolver su conflicto. | Es un tercero, el Juez, quien decide cómo resolver el conflicto de las partes. |
Es un proceso flexible que puede adaptarse a las necesidades de las partes. | Se trata de un procedimiento reglado al que las partes deben adaptarse. |
Menor coste económico. | Gran coste económico (abogado, procurador, tasas judiciales, etc.) |
Proceso más ágil y dinámico que el proceso judicial. | Lentitud: los procesos judiciales, debido al colapso de los juzgados, es un proceso largo y tedioso. |
No impide acudir posteriormente a la vía judicial. | La vía judicial también remite en ocasiones, según criterio judicial, el caso a mediación. |
Confidencial: el proceso de mediación es totalmente confidencial. Las partes están obligadas a no utilizar ninguna información desvelada durante el proceso en ningún otro proceso, ni siquiera en la vía judicial. | No confidencial: en el proceso judicial participan numerosos agentes, siendo incluso las vistas (los juicios) habitualmente públicos (salvo en materias especialmente sensibles). |
El acuerdo alcanzado en mediación puede ser homologado judicialmente, teniendo entonces el mismo valor que una sentencia dictada por el Juez | La sentencia dictada en vía judicial es tan válida como el acuerdo alcanzado en mediación y homologado posteriormente por el Juez. |
- ¿Qué es la mediación y en qué consiste? La mediación es una vía paralela y no excluyente a la judicial, donde las partes acuden para resolver su conflicto, o alcanzar el mayor número de acuerdos posibles antes de acudir a la vía judicial, donde un tercero, el Juez, resolverá el resto de los puntos en discordia.
- ¿Quién y qué tipos de conflictos pueden resolverse a través de la mediación? La mediación va dirigida a cualquier persona que se encuentre inmersa en un conflicto con una o más personas y siempre que éstas tengan la voluntad de intentar resolverlo.
Existen diversos tipos de conflictos que se pueden resolver en mediación, tales como: conflictos de pareja (divorcios, custodias, regímenes de visitas, etc.), conflictos familiares (entre padres e hijos, entre hermanos, derivados de herencias, por negocios familiares, etc.), conflictos en el ámbito educativo (escolar, donde lo pueden resolver los propios niños), en el ámbito comunitario como los que se pueden dar en las comunidades de vecinos, etc.
En definitiva, cualquier conflicto donde las partes muestren voluntad para abordarlo y requieran de la figura objetiva de un mediador, que como persona imparcial les acompañe hacia la resolución de su conflicto puede ser objeto de mediación. - ¿Qué ventajas tiene sobre la vía judicial? Las ventajas principales de la mediación son las siguientes:
- ¿Qué papel tiene el mediador? El papel del mediador consiste en garantizar que se respetan las normas básicas acordadas al inicio. Estas son: ser imparcial, asegurar la confidencialidad y el respeto entre las partes. Asimismo evita que éstos se bloqueen y puedan seguir buscando soluciones de cara a un posible acuerdo final les que satisfaga suficientemente.
- ¿Qué es la co-mediación? La co-mediación consiste en la colaboración durante el proceso de la mediación de dos profesionales, habitualmente un/a psicólogo/a y un/a abogado/a, ambos expertos en Mediación, que desde sus distintas ramas aportan su visión al proceso, completando así la atención a las partes.
Ello posibilita una mediación integral, con una atención jurídica y psicológica siendo estas las bases más comunes de todo conflicto. - Hablar de mediación de “Ganar-Ganar” ¿qué quiere decir? “Ganar-Ganar” es la máxima de la mediación, ya que el fin que persigue este proceso es que los mediados logren alcanzar un acuerdo por ellos mismos donde ambos se sientan ganadores, no habiendo la sensación de vencedor y vencido que se obtiene en otros procesos clásicos.
Para conseguir este objetivo las partes deberán aprender a ceder, viviendo la cesión como una negociación.
La satisfacción por llegar a un acuerdo común les generará una enorme satisfacción persona, y una buena predisposición de cara a cumplir lo acordado, ya que no lo vivirán como una obligación impuesta por un tercero, sino como una decisión propia. - ¿Cuánto puede costar un proceso de mediación? Los Mediadores tienen libertad para fijar sus honorarios con su cliente, si bien sometido a las normas deontológicas y de competencia desleal, pero recayendo en todo caso su coste de manera proporcional sobre los mediados, salvo pacto en contrario entre ellas.
Debe recalcarse que su coste siempre y en todo caso es muy inferior al de un proceso judicial. - Nivel de Éxito Alrededor de un 80% de éxito en el alcance de acuerdos.